Avances en Ingeniería Genética

Avances en Ingeniería Genética
Acceso abierto

ISSN: 2169-0111

abstracto

Marco regulatorio sobre OGM y alimentos y piensos derivados

mariscal malcom

Muchos países han establecido estrategias y leyes con respecto a la introducción de criaturas alteradas hereditariamente en la tierra a partir de mediados de la década de 1990. A pesar de que estos ámbitos varían, las formas de abordar la evaluación del azar son comparativas, ya que siguen normas y reglas generales expuestas por asociaciones universales. En este documento se analiza el sistema administrativo de la Unión Europea y la forma de abordar la evaluación aleatoria de formas de vida modificadas hereditariamente y alimentos y piensos inferidos. l primer rendimiento de alimentos genéticamente modificados (GM) que se popularizó fue un tomate con vida útil extendida. Se enteró de la exhibición de EE. UU. después de finalizar su evaluación realizada por la FDA de EE. UU. según su declaración de política relacionada con los alimentos derivados de nuevas variedades de plantas. Esta estrategia explicó que aún no son fundamentales nuevas leyes que los alimentos obtenidos de plantas transgénicas estén dirigidos dentro de la estructura actual de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos, por ejemplo, que una metodología indistinguible en un nivel básico a la aplicada a los alimentos creados por Se utilizará la reproducción vegetal convencional. No es lo mismo que este ‘basado en artículos’ enfoque, donde el resultado de la alteración hereditaria, sus atributos y uso constituyen la razón esencial de las elecciones, independientemente de su técnica de creación, la Unión Europea (UE) había presentado un ‘procedimiento situado’ enfoque donde el procedimiento de creación desencadena el procedimiento administrativo. Según sea necesario, los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) y ciertos elementos se clasifican como tales porque se entregan a través de la construcción hereditaria, que se considera un proceso de creación específico. Si bien los distritos varían, las formas de abordar la evaluación del bienestar son similares en muchos países, ya que dependen de estándares generales creados y establecidos por asociaciones supranacionales, por ejemplo, la OCDE, la FAO y la OMS. Aquí también se delinea la forma en que la UE se ocupa de las directrices, se describe la evaluación del bienestar de los OGM y los alimentos y piensos inferidos, y se habla de las dificultades que surgen. En la UE, la supervisión de los ejercicios, incluida la construcción hereditaria, comenzó en 1990 con la recepción de la Directiva 90/219/CEE sobre el uso confinado de microorganismos adaptados hereditariamente y la Orden 90/220/CEE sobre la descarga intencional en la tierra de criaturas adaptadas hereditariamente. La Orden 90/220/CEE asegura las llegadas de prueba de OMG (parte B) y la puesta a disposición de OMG y elementos que contengan OMG para su desarrollo, importación o preparación potencial (parte C). El sistema a seguir para la puesta a disposición de un OMG requiere que se envíe una solicitud a la Autoridad Competente (AC) del Estado miembro donde el artículo se va a poner en la vitrina porque sí. La solicitud debe ir acompañada de la información y los resultados obtenidos de la investigación de laboratorio y vivero, así como de los vertidos de prueba, y de una evaluación de los peligros para el bienestar humano y la naturaleza identificados con el OMG. La valoración de la CA sobre la evaluación de peligrosidad junto con el expediente se envía a la Comisión Europea ya los siguientes Estados Parte. En caso de que se dé el caso de una conclusión ideal, y si otros Estados miembros no presentan quejas, se puede dar su aprobación a la puesta a disposición. En caso de que alguno de los estados miembros plantee una crítica y suponiendo que no se pueda llegar a un acuerdo, la comisión presentará un proyecto de elección a un panel formado por delegados de los estados miembros.

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