ISSN: 2379-1764
Seyed Mohammad Azin*
El progreso acelerado de la genética y sus maravillosos beneficios prácticos ha sorprendido a los expertos en ética y derecho. Esta vez, las ciencias fÃsicas superan las consideraciones éticas y legales y son pioneras de la evolución genética en todo el mundo; sentir menos preocupación por los juicios morales. En esta conferencia, sugiero un criterio para monitorear las intervenciones genéticas prenatales que evalúa la moralidad y la legitimidad de lo que el ser humano hace en contra del fenómeno natural de la gestación. Yo lo llamo "Principio de la Naturaleza Humana Aleatoria". El principio se sustenta en al menos tres hitos éticos. La primera base es la prohibición de tomar decisiones en lugar del feto. El feto, aunque al menos en sus primeras etapas de desarrollo, carece de la capacidad suficiente para ser contado como humano, tiene el respeto suficiente para tener derecho a la vida. Esto implica el derecho a nacer y no hay duda de que dejaremos que el futuro bebé decida por sà mismo sobre las caracterÃsticas fÃsicas y mentales y fuera de la única excepción que se menciona a continuación, no hay una condición de emergencia para los demás’ intervención. Entonces, no hay autoridad para que otros impongan su deseo al futuro bebé por medio de "justificaciones discrecionales". La segunda base es la prohibición del instrumentalismo humano. Promover caracterÃsticas humanas como la inteligencia o la altura reduce la posición humana a un producto que pretendemos crear lo mejor posible. El tercer hito es considerar la variedad humana como un don y no como un defecto. La construcción de una sociedad formada por personas con propiedades fÃsicas y mentales idénticas conducirá al estancamiento social y privará a la humanidad de las oportunidades que brinda la diversidad natural humana. Esta diferenciación es necesaria para desarrollar una civilización y no debe ser vista como una confrontación privilegio-defecto. Finalmente, existe un concepto clave para determinar los lÃmites de la aplicación de este principio: "Enfermedad o trastorno genético". Esta será la única excepción con respecto al cálculo preciso de sus lÃmites.